Lineamientos para Ciudadanos
Americanos que desean casarse en El Salvador
La ley de familia salvadoreña concerniente al matrimonio
es bastante diferente a la de los Estados Unidos. Es importante
hacer notar que por requisito de ley la pareja debe celebrar
el matrimonio civil primero, el cual por ley pueden celebrarlo
los notarios (que en su mayoría son abogados), los
alcaldes y gobernadores departamentales. La ceremonia religiosa
es opcional pero si se va a realizar debe hacerse después
del matrimonio civil. Con estos lineamientos se intenta
guiar al ciudadano americano con este trámite relativamente
burocrático. Las leyes con relación al matrimonio
cambiaron a partir de la vigencia del Código de
Familia Salvadoreño. Debido a esto, muchos funcionarios,
especialmente aquellos que ejercen fuera de San Salvador
podrían no estar muy bien informados de estos cambios.
Es más, funcionarios públicos (como alcaldes
y gobernadores) pueden ser menos flexibles al aplicar las
regulaciones a ciudadanos americanos. Por lo tanto, esta
Embajada aconseja que para evitar inconvenientes los ciudadanos
americanos deberían tratar de buscar la asistencia
de un notario en San Salvador.
1. El primero de los requisitos es obtener evidencia de
la fecha de nacimento. Esto puede hacerse a través
de dos formas:
a. Obtenga una partida de nacimento que haya sido emitida
60 días antes de la fecha propuesta para el matrimonio
civil. Si la fecha de emisión de la partida de nacimiento
es por más de 60 días, el ciudadano americano
tiene que regresar a los Estados Unidos y obtener una partida
de nacimiento reciente o tratar que alguien más
le obtenga una partida reciente. Después el ciudadano
debe llevar esa partida al Secretario del Estado del lugar
de nacimiento del ciudadano. Este Secretario Estatal pondrá un
sello de "apostillado" en la partida de nacimiento.
Puede contactar los Servicios de Ciudadanos Americanos
para enterarse de cómo saber quien es su Secretario
de Estado. O
b. Acuda a un médico y ante un notario para que
mediante una "Escritura de Edad Media" se establezca
su edad. Es aconsejable pero no necesario tener una copia
de una partida de nacimiento antigua. Aunque el objetivo
de la Escritura de Edad Media es para las personas que
no tienen conocimiento de su edad o no encuentran la forma
de obtener la documentación necesaria para establecerla,
algunos abogados concuerdan que dicha escritura es aceptable
no solo para los casos antes mencionados sino para cualquier
uso que se le quiera dar.
2. El ciudadano americano debe acudir al funcionario que
haya escogido para que celebre su matrimonio [ya sea ante
un notario, un alcalde (en cualquiera de las 246 municipalidades)
o ante un gobernador (en cualquiera de las 14 cabeceras
departamentales)] para obtener el acta de matrimonio. De
ser posible, la pareja debe tratar de acudir ante un notario
que hable Inglés así éste podrá traducir
cualquier documento sin ningún inconveniente. Es
en este momento que la pareja debe entregar sus partidas
de nacimiento y/o Escritura de Edad Media, pasaporte (del
ciudadano americano), partidas de defunción y partidas
de divorcio si aplican.
3. La ceremonia civil debe celebrarse (dentro de los próximos
60 días de haber recibido la partida de nacimiento
o de haberse otorgado la Escritura de Edad Media) durante
la cual la pareja debe firmar la Escritura Pública
de Matrimonio en presencia de dos testigos. El funcionario
celebrante preguntará a la novia cómo usará sus
nombres y apellidos de ahora en adelante. También,
el mismo funcionario será el responsable de registrar
el matrimonio en un libro de registros y enviar una copia
de este registro a la alcaldía del lugar de nacimiento
del contrayente salvadoreño.
4. Seguido de la celebración del matrimonio, el
notario debe registrar la Escritura Pública de Matrimonio
en la alcaldía del lugar donde se haya celebrado éste,
y debe dar dos copias de dicha Escritura a los esposos.
La certificación de la alcaldía hace que
la Escritura adquiera calidad de Partida de Matrimonio.
El ciudadano americano debe llevar la partida de matrimonio
a la alcaldía, la oficina del gobernador, Ministerio
de Gobernación y por último al Ministerio
de Relaciones Exteriores para certificarla. Después,
con la partida certificada el ciudadano debe enviarla al
estado de su domicilio para asegurarse que ese matrimonio
sea registrado en los Estados Unidos.
5. La ley de familia salvadoreña obliga a que la
pareja elija uno de los tres regímenes patrimoniales.
1) Separación de bienes; Cada uno conserva lo que
tenía al momento del matrimonio, 2) Participación
en las ganancias; cada uno conserva los bienes que tenía
al momento del matrimonio, sin embargo la pareja debe dividir
por igual las ganancias obtenidas durante la vigencia de
dicho régimen, 3) Comunidad Diferida; todos los
bienes (los que se tenían antes y los adquiridos
después) se reparten por igual al momento que se
disuelve el matrimonio. El notario anota en la Escritura
Pública de Matrimonio el régimen patrimonial
que escoja la pareja.
6. Si el ciudadano no habla ni escribe Español, él
o ella debe tratar de acudir ante un notario que hable
Inglés o contratar a un intérprete. Debido
a que el encontrar y contratar a un intérprete puede
resultar oneroso, sugerimos que si el ciudadano americano
se puede dar a entender en Español, él o
ella debería informarle al notario para que éste
lo haga constar en el documento. Así la asistencia
de un intérprete podría no ser necesaria.
7. La ley es aplicable en todo el territorio salvadoreño.
Sin embargo, aquellos ciudadanos americanos que han arreglado
casarse en lugares remotos a las ciudades deben tener en
cuenta que algunos funcionarios tienden a ser más
extrictos en la aplicación de la ley, por ejemplo-la
aceptación de la Escritura de Edad Media como documento
de prueba de fecha de nacimiento.
S. La ley salvadoreña anterior concerniente al
matrimonio pedían como requisito que el ciudadano
americano tuviera cierto tiempo de residir en El Salvador
y que debían hacerse publicaciones en periódicos
de mayor circulación. Estos requisitos ya no son
obligatorios.
9. Es importante informarle que esta Embajada no está en
la disponibilidad de ayudarle a obtener partidas de nacimiento
y partidas de divorcio de los Estados Unidos; tampoco puede
dar servicios de traducción de documentos que estén
en Inglés. Estos trámites son estrictamente
entre la pareja y el gobierno de El Salvador.
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